Ordenan liberar a Parisi, pero no podrá salir de Orán sin permiso
El Tribunal de Juicio, Sala I, ordenó su liberación al considerar que se había superado el plazo máximo legal de privación de libertad sin condena. La causa sigue abierta y deberá cumplir medidas para asegurar su presencia en el debate oral.

El Tribunal de Juicio, Sala I, ordenó liberar a Claudio Alejandro Parisi en Orán, aunque no podrá salir de la ciudad ni del país sin autorización judicial. La resolución fue firmada el 26 de octubre de 2026.
Parisi está imputado en una causa por presuntos hechos de cohecho activo, incumplimiento de los deberes de funcionario público y cohecho pasivo agravado. El tribunal consideró que se había superado el plazo máximo de privación de libertad previsto por el Código Procesal Penal de Salta y señaló que no había una sentencia condenatoria en su contra, ni en estas actuaciones ni en las causas acumuladas.
La causa continúa abierta y se aproxima el debate oral. Por eso, el tribunal dispuso que Parisi deberá cumplir estas condiciones: • No contactar a los testigos de la causa, por ningún medio ni a través de terceras personas. • Presentarse cada 30 días hasta el inicio de las audiencias de debate oral. • No salir de Orán ni del país sin autorización judicial previa.
El incumplimiento podría derivar en una nueva detención si el Ministerio Público Fiscal la solicita y se cumplen las condiciones correspondientes.
Parisi permanecía privado de su libertad desde el 22 de octubre de 2024. Primero estuvo bajo prisión preventiva. En mayo de 2026, la jueza Norma Roxana Palomo morigeró esa medida y la convirtió en arresto domiciliario con monitoreo electrónico. La Sala III del Tribunal de Impugnación confirmó esa decisión en julio.
El Tribunal de Juicio sostuvo que la prisión preventiva es excepcional y cautelar, y que no puede prolongarse indefinidamente ni convertirse en un adelanto de pena para una persona que conserva el estado de inocencia. También consideró que el tiempo transcurrido debía computarse durante el arresto domiciliario, porque esa modalidad restringe efectivamente la libertad. Además, señaló que el Ministerio Público Fiscal no había solicitado una prórroga de la situación procesal de Parisi.
La resolución contó con el voto del juez Fernando Mariscal Astigueta, en concordancia con los fundamentos del vocal Mariano F. Gerónimo. La decisión no cierra la causa ni declara la inocencia o culpabilidad de Parisi: recuperará la libertad mientras continúa sometido al proceso judicial.
Fuente: Radio Ciudad Oran



